jueves, 26 de julio de 2018

NORMAS DE USO DEL ÓRGANO (Julio 2018)

ACTUALIZADO EN JUNTA DE FECHA 06/07/2018

ANTECEDENTES

            De conformidad con el Convenio suscrito entre la Junta Gestora proyecto social de lo que supone, ejemplo para el territorio y la Parroquia, la Junta entregó el instrumento totalmente pagado con los fondos recaudados durante la campaña (2012-2015) el día 18 de junio de 2015 tras su bendición y un concierto solemne.

            Toda la inversión y los gastos que se han producido han sido pagados a cargo de los fondos recabados y gestionados por la Junta, tanto los de construcción del instrumento como los gastos de instalación y obras complementarias (suelo, techo, luces…)

Igualmente, serán a cargo de la Asociación de Amigos del Órgano de la Colegiata de Caspe, entidad que sustituye a la Junta, los gastos ordinarios de mantenimiento del instrumento, contratados con el constructor C. Álvarez, u otros profesionales cualificados.

             En el Convenio se establece también que la Asociación (AAOCC)  podrá utilizar el órgano, ajustando fechas y horas con la Parroquia,  sin pago concreto a la misma, para la realización de Conciertos, pudiéndose efectuar también, además,  Jornadas Musicales o adherirse a Rutas Musicales de cualquier carácter territorial.

Asimismo, que la Asociación (AAOCC) podrá establecer el cobro de entrada a los conciertos cuyo importe se destinará a sufragar los gastos inherentes a los conciertos o actividades programadas, así como a los gastos de conservación y mantenimiento o proyectos vinculados al propio Órgano.

En su consecuencia, y con el único fin de regular en lo posible el uso del instrumento, previendo las bases para la financiación de actividades y mantenimiento, la Asociación de Amigos del Órgano de la Colegiata acuerda regir sus actuaciones  de conformidad con los siguientes puntos:

1.- Las actuaciones litúrgicas serán de exclusiva competencia de la Parroquia, incluso actividades musicales vinculadas a la propia Parroquia. A los efectos de coordinación será necesario informar a la Asociación y conveniente contar con un plan de festividades de la Iglesia en las que presumiblemente se utilice el órgano.

2.- Todas las demás actividades o actuaciones serán controladas o gestionadas  por la Asociación.  La Asociación pondrá todas  las actuaciones previamente en conocimiento de la Parroquia como legítima propietaria del Órgano, por si tuviese inconveniente por coincidir con alguna festividad o función religiosa que no se hubiese previsto en el plan de Festividades Religiosas. 

3.- La relación entre la Asociación y la Parroquia se organizará a través de un  miembro representante en la Asociación.

4.- Como principio general todos los conciertos y actividades han de resultar financieramente asumibles con los ingresos que se obtengan de las mismas. Para atender  los gastos de concertistas y derivados, así como para el mantenimiento del instrumento, la Asociación necesita contar con fondos por lo que las actividades, en general, serán con entrada de pago, que procurará modularse en atención al caché del intérprete, las fechas u otras circunstancias.

5.- En el deseo de estimular el gusto por la música y de forma especial en la música organística, es deseo de la Asociación que todas las actuaciones sean comentadas, bien por el mismo instrumentista o por un relator con los textos facilitados.

6.-  Ningún organista, profesional o aficionado, podrá utilizar el órgano sin la previa comunicación entre Parroquia y Asociación. Si es para una actuación litúrgica el interés circulará a través del Párroco y si es de otra índole lo será a través del Miembro de la Asociación responsable de la organización del evento. 

Puede darse el caso de que, ante la celebración de una boda, por ejemplo, exista una petición para tocar el órgano una persona ajena. En este caso se actuará como sigue:  Ante una petición como esta, el interesado dispondrá del apoyo del organista titular, deberá demostrar su formación como organista y tendrá que aportar a la Asociación la cantidad de 150 € para los permanentes gastos de conservación y mantenimiento.

7.- El organista habitual, miembro de la Asociación y en su calidad de técnico en la materia pondrá en conocimiento de la Junta cualquier problema, defecto o desperfecto que se produzca para avisar al organero o tomar las medidas necesarias. Ante un problema menor o de carácter urgente podrá dirigirse directamente al fabricante en la búsqueda de asesoramiento y solución.

8.- Para los correspondientes ensayos previos a los conciertos se contactará con el Sacristán, con el Organista o con Miembros de la Junta para facilitar el acceso a la colegiata.

9.- En las actividades (Conciertos, Audiciones, etc.) organizadas por la Asociación cualquier duda de uso o utilización del instrumento se deberá contar con el Organista habitual como experto y mantenedor.



Caspe, a 6 de julio de 2018



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